Intercambios de criptomonedas en Rumania

Criptomonedas

El comercio de la nueva forma de moneda (Criptomoneda) en Rumania y por empresas rumanas ha sido hasta hace poco un área donde había muchas incertidumbres y confusión. El aumento en el interés se ha demostrado ya que se nos ha pedido que examinemos y asesoremos sobre la posición en Rumania tanto para las empresas locales como para las empresas de países donde existen mercados y comercio establecidos. Rumanía ha aclarado un poco la posición tras haber transpuesto al sistema jurídico rumano la Quinta Directiva sobre blanqueo de capitales en virtud de la Ordenanza de emergencia gubernamental núm. 111/2020 (“GEO”) que entró en vigor el 15 de julio de 2020.

El GEO enmendó la legislación rumana contra el lavado de dinero y reguló por primera vez la definición de moneda virtual y los proveedores de billetera digital, así como los proveedores de servicios de intercambio entre monedas virtuales y monedas aceptadas "normales". La adopción de la regulación ha sido bien recibida por permitir una expansión del uso y el comercio de criptomonedas en Rumania, especialmente porque desde 2019 el Código Tributario de Rumania proporcionó una nueva categoría de ingresos imponibles, a saber, los ingresos por transferencias de moneda virtual.

Según el GEO, para proporcionar servicios de cambio de moneda virtual en Rumania, las entidades que llevan a cabo estos servicios deben estar registradas o autorizadas por las autoridades nacionales rumanas. La ley prohíbe expresamente la realización de las actividades de ser proveedor de servicios de intercambio de criptomonedas así como proveedor de billeteras digitales sin contar con dicha autorización. El incumplimiento de estas obligaciones se castiga con multa o con prisión. Las entidades autorizadas también se convertirán en sujetos obligados de conformidad con la legislación contra el blanqueo de capitales y tendrán la obligación de reportar cualquier transacción sospechosa o sospechosa a la Oficina Nacional de Prevención y Lucha contra el Blanqueo de Capitales.

A primera vista, los requisitos del GEO parecen desalentar a los posibles proveedores rumanos de este tipo de servicios, ya que les impone la obligación de registrarse y obtener una autorización específica respecto a estos servicios. La autorización se concederá únicamente si la autoridad rumana de digitalización proporciona un dictamen técnico favorable y se paga un impuesto con respecto a dicho dictamen.

En nuestra opinión, estos requisitos son favorables para los beneficiarios de los servicios, ya que conferirán protección contra estafas y fraudes, y en nuestra opinión, también traerá beneficios a los proveedores. Dado que invertir en criptomonedas parece ser un método fácil para obtener ingresos, el número de inversores, tanto extranjeros como rumanos, que realizan o tienen la intención de realizar este tipo de transacciones aumenta constantemente. Sin embargo, muchos de ellos se han mostrado escépticos sobre la inversión en criptomonedas, ya que la legislación rumana no les ofrecía protección. Los inversores han negociado criptomonedas en plataformas sospechosas donde no se pudo identificar al propietario o la persona que las operó y ahora, se encuentran en la posición de tener sus cuentas de criptomonedas congeladas y no poder cambiarlas a otras monedas y efectivo en beneficio de la inversión. Es por esto que creemos que la obligación de registrarse y obtener la autorización también beneficiará a los proveedores de servicios de intercambio de criptomonedas porque mientras cumplan con las condiciones legales aumentará la confianza de los potenciales inversionistas sabiendo que tienen una protección luego de invertir su dinero. dinero en una moneda virtual.

El GEO establece que el procedimiento para obtener la autorización será elaborado por el Ministerio de Finanzas Públicas junto con la Autoridad Rumana de Digitalización y la Oficina para Prevenir y Combatir el Blanqueo de Capitales y dictado por Decisión del Gobierno. La Decisión del Gobierno debería haber sido emitida dentro de los noventa días desde la emisión del GEO ha entrado en vigor, el 15 de julio de 2020. Aunque el plazo tiene más de cuatro meses de atraso, el trámite aún no se ha emitido. Según una comunicación reciente de la Autoridad de Digitalización de Rumania, la redacción de la decisión del Gobierno sobre el procedimiento es todavía un trabajo en curso.

Por lo tanto, a pesar de que las disposiciones de la ley que regulan la obligación de los proveedores de servicios de intercambio de criptomonedas de registrarse ante las autoridades nacionales están vigentes, no pueden cumplir con esta obligación ya que aún no se ha emitido el procedimiento para la obtención de la autorización. El GEO también estipula que los proveedores de billeteras digitales y servicios de intercambio de criptomonedas tienen la obligación de registrarse o ser autorizados dentro de los doce meses a partir de la fecha de entrada en vigor del GEO. Una interpretación de esta disposición es que se puede entender que los Proveedores podrán operar en Rumania sin estar registrados o sin haber obtenido la autorización durante el período de doce meses después de que la decisión del gobierno sobre el procedimiento de registro entre en vigor. Sin embargo, las disposiciones que prohíben realizar tales actividades sin estar registrado o tener una autorización ya están vigentes y no existe excepción expresa a esta regla. Por lo tanto, se ha creado un conflicto entre las reglas que plantea la cuestión de si la actividad de intercambio de criptomonedas está permitida en Rumania hasta la publicación del procedimiento de registro.

Dado lo anterior, esperamos una aclaración por parte de las autoridades respecto a estos temas considerando que el trámite de registro y autorización no ha sido expedido a pesar de que han transcurrido siete meses desde la publicación del GEO. y hay empresas rumanas que actualmente brindan servicios de cambio de moneda criptográfica y billeteras digitales.

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