ACLARACIÓN DE RECLAMOS DE PASAJEROS

aclaración de reclamaciones de pasajeros

Desde 2012 ha habido un aumento constante de reclamaciones contra las aerolíneas con respecto a vuelos retrasados ​​o cancelados. Las aerolíneas han tratado de limitar su exposición a reclamaciones, ya que en muchos casos la cantidad reclamada puede exceder el costo real del billete de avión. COVID ha hecho de la cuestión de las reclamaciones un problema serio para las aerolíneas, ya que habrá reclamaciones pendientes que deberán resolverse cuando los ingresos de las aerolíneas se reduzcan seriamente.
Una de las principales defensas que utilizan las aerolíneas fue incluir en sus términos y condiciones una cláusula que restringe la jurisdicción de cualquier reclamo ante los tribunales del país donde tiene su base la aerolínea. Ha habido varios casos con respecto a este tipo de cláusulas, y es ley establecida cuándo y cómo este tipo de cláusulas podría ser vinculante para ambas partes. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha sostenido que corresponde a los tribunales locales establecer la cuestión de la competencia.
Por varias razones, a lo largo del tiempo, las compañías de reclamos aéreos han estado luchando con el problema de la mejor manera de ayudar a sus clientes en las recuperaciones y cómo minimizar los costos de sus clientes al mismo tiempo que maximizan sus ganancias.
En varios países, las compañías de reclamos de vuelos tienen un poder notarial para actuar en nombre del pasajero y, por lo tanto, hacer cumplir el reclamo. Sin embargo, en varias jurisdicciones, la ejecución de la demanda con un poder ha planteado problemas, particularmente cuando es necesaria una acción judicial para hacer cumplir la demanda. Si se entabla una acción en nombre del pasajero, entonces existe un problema en cuanto a quién recibe el dinero, generalmente el pasajero, y luego la compañía de reclamo de vuelo puede tener problemas con respecto a la recuperación de sus tarifas. Además, en algunas jurisdicciones no está permitido que un agente externo instruya a abogados u otros agentes para cobrar estos fondos.
La solución actual ha sido que la compañía de reclamo de vuelo asuma una asignación del reclamo, asegurando así en cualquier acción judicial que la compañía de reclamo de vuelo sea el reclamante. Esto ha llevado a varias aerolíneas a argumentar que la compañía de reclamos de vuelo está sujeta a los términos y condiciones, incluida la jurisdicción, y no a los términos y condiciones que pudieran imponerse por cualquier ley de protección al consumidor. Si este argumento tuvo éxito, entonces las aerolíneas podrían haber exigido que todos los casos se presentaran en sus jurisdicciones de origen. Esto se ha discutido en varios casos en toda Europa. El tribunal consideró el asunto en detalle basándose en el contrato entre la aerolínea y el pasajero; la capacidad de las partes para negociar los términos del contrato y sus propias leyes.
Un caso reciente ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas entablado contra Ryanair ha aclarado la posición. El tribunal sostuvo en este caso que cuando se estableció que la cláusula de jurisdicción no era vinculante para el pasajero debido a las disposiciones de casos anteriores o la ley local, entonces aquellas disposiciones que restringían la jurisdicción a los tribunales de la aerolínea, cuando no eran vinculantes para un cesionario de la reclamación y, por lo tanto, una reclamación podría presentarse en otra jurisdicción. Si bien este caso se refiere a una reclamación polaca, permite a las compañías de reclamaciones de vuelos elegir otra jurisdicción distinta a la de la aerolínea si la jurisprudencia o la práctica local lo permiten. Esto permitirá a la compañía de reclamo de vuelo, dentro de la interpretación actual de las reglas, elegir la jurisdicción que sea más adecuada para el reclamo tanto en cuanto al tiempo, el costo y el tratamiento judicial de dicho tipo de reclamo.
No vemos esto como un cambio importante en la posición actual, ya que actualmente muchos tribunales han declarado que una cláusula que limita la jurisdicción no es ejecutable, pero aclara la posición de una empresa de reclamaciones que asume la asignación de una reclamación para que pueda aprovechar de las decisiones de los tribunales locales con respecto a la jurisdicción. Como en muchos casos se han presentado argumentos con respecto a la protección del consumidor, y los tribunales locales han prestado a favor del consumidor, esto es una ventaja para la compañía de reclamos de vuelo. En tales casos, las compañías de reclamos de vuelo podrán aprovechar estas disposiciones que protegen al consumidor.

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