Competencia territorial de los tribunales rumanos en materia de divorcio

En Rumanía, hay casos cada vez más frecuentes en los que uno de los cónyuges presenta una demanda de divorcio después de una larga separación o uno de los cónyuges o ambos viven ahora fuera de Rumania. Más frecuentes son las situaciones en las que los cónyuges son ciudadanos de diferentes estados de la UE.

La primera cuestión legal que surge en tales casos es establecer el tribunal que tenga jurisdicción para emitir una sentencia de divorcio.
En el caso de los cónyuges, ciudadanos de dos estados miembros de la Unión Europea, una solicitud de divorcio con un elemento extranjero, el Reglamento europeo no. 2201/2003, en materia de competencia y reconocimiento y ejecución de sentencias en materia matrimonial y en materia de responsabilidad parental.

Está previsto por lo dispuesto en el art. 3, párrs. 1, letras a) yb) del Reglamento no. 2201/2003 que los tribunales del estado miembro donde se encuentra:

la residencia habitual de los cónyuges o
la última residencia habitual de los cónyuges si uno de ellos aún vive allí o
la residencia habitual del demandado o
en el caso de una solicitud conjunta, la residencia habitual de uno de los cónyuges o la residencia habitual del solicitante si ha vivido allí durante al menos un año inmediatamente antes de la presentación de la solicitud; o
la residencia habitual del solicitante si ha residido allí durante al menos seis meses inmediatamente antes de la solicitud y si es nacional de ese Estado miembro o, en el caso del Reino Unido e Irlanda, tiene "domicilio" en ese lugar.

De la interpretación de las disposiciones del párrafo 1 anterior se desprende que el Reglamento establece una jurisdicción territorial alternativa entre los tribunales enumerados, como lo demuestra el uso de la palabra ''o''.

Consideramos que el legislador europeo buscó dar prioridad a la residencia habitual de las partes, en lugar de su ciudadanía, aplicable en virtud de Arte. 3, par. 1, letra b) del Reglamento.

Los criterios de nacionalidad de las partes son subsidiarios de la residencia y son aplicables solo si no hay motivos para determinar el tribunal competente después de considerar la residencia de ambos o de cualquiera de los cónyuges.

En los casos en que el solicitante no tenga los criterios para determinar el tribunal competente en relación con la residencia de las partes, el Reglamento establece que el tribunal competente es el del Estado miembro del que los dos cónyuges tienen su nacionalidad y en el caso del Reino Unido e Irlanda del Norte, el Estado de su comunidad domicilio.

En cuanto al tribunal en el que los cónyuges son ciudadanos rumanos, las disposiciones de Arte. 915 Código de Procedimiento Civil junto con las disposiciones de Arte. 1081 Código de Procedimiento Civil sobre la jurisdicción preferencial de los tribunales rumanos.

Las provisiones de Artículo 915 del Código de Procedimiento Civil. disponer como norma en materia de divorcio, que el tribunal competente es aquel en cuya jurisdicción se encuentra la última vivienda común de los cónyuges.

A través de esta formación, el personal docente y administrativo de escuelas y universidades estará preparado para manejar los recursos disponibles que derivan de la diversidad cultural de sus estudiantes. Además, un mejor y mayor entendimiento sobre estas diferencias y similitudes culturales permitirá alcanzar los objetivos de inclusión previstos. Decisión no. 3210/2014, la Corte Suprema sostuvo que el concepto de vivienda debe entenderse como un elemento de identificación de la persona y, por tanto, no solo la vivienda principal (dentro de los documentos de identidad), sino también la dirección donde vive la persona.

En la práctica, se afirmó que para determinar el último lugar común de residencia no interesa el sentido estrictamente jurídico del concepto de domicilio, sino el lugar donde efectivamente residieron los dos cónyuges. Esto puede ser sin haber cumplido con los trámites exigidos por la legislación pertinente en materia de registros de población. El último domicilio común de los cónyuges puede probarse por cualquier medio razonable.

Si los cónyuges no tuvieran una vivienda común, o si ninguno de los cónyuges reside en el distrito del tribunal donde se encuentra la última vivienda común, será competente el tribunal en cuya jurisdicción se encuentre el domicilio del demandado.

La fecha en la que se presentará la Reclamación solo se considera al determinar qué tribunal tiene jurisdicción. El cambio de domicilio después de la fecha de presentación de la demanda de divorcio es irrelevante en lo que respecta a la jurisdicción del tribunal de divorcios.

En los casos en que el demandado no esté domiciliado en Rumania y los tribunales rumanos tengan jurisdicción internacional, el tribunal donde esté domiciliado el solicitante será el tribunal competente.

En los casos relacionados con ciudadanos rumanos, si ni el solicitante ni el demandado residen en Rumania, las partes pueden acordar presentar la solicitud de divorcio en cualquier tribunal de Rumania, o puede presentarse ante el Tribunal de Distrito 5 de Bucarest, en ausencia de tal acuerdo.

Dado que la jurisprudencia rumana no es uniforme en lo que respecta al significado de la noción de consentimiento de las partes, a saber, la formalidad del acuerdo de las partes sobre la elección del tribunal, el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre estas cuestiones a través de Decisión no. 20/2016 donde ni el solicitante ni el demandado tienen su domicilio en territorio rumano. Decidió que ha establecido que como interpretación y aplicación de lo dispuesto en el art. 915, párrafo 2) del Código de Procedimiento Civil, que debe declararse expresamente el acuerdo de las partes sobre la elección de un tribunal competente para pronunciarse sobre la demanda de divorcio. Esto significa que el acuerdo debe expresarse por escrito y expresarse verbalmente ante el tribunal si el caso está pendiente. Cualquier acuerdo debe surgir explícitamente del contenido de cualquier documento escrito o de declaraciones verbales ante el tribunal.

El hecho de que el demandado no se opusiera a la ley de aplicación familiar presentado en un tribunal determinado y no invocó la objeción de jurisdicción territorial, esto no equivale a un acuerdo tácito. No es suficiente que el tribunal determine que existe el consentimiento del demandado. Debe ser claro e inequívoco.

Las partes deben considerar cuidadosamente la cuestión de la elección de la jurisdicción. Diferentes tribunales tratan los derechos, obligaciones y responsabilidades de las partes de manera diferente. Si existe la posibilidad de que una acción se interponga en más de una jurisdicción puede ser más favorable que otra. Actualmente, los tribunales ingleses son más amigables con la esposa en materia de acuerdos financieros y derechos de pensión; la cuestión del forum shopping es importante. Como en todos estos asuntos, es necesario obtener asesoramiento jurídico experto antes de embarcarse en procedimiento de divorcio en cualquier jurisdicción.

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