Contratos con elementos extraterritoriales - Parte 1

Desde mi última publicación sobre lo anterior, he recibido una serie de consultas sobre este aspecto de la ley rumana. Para intentar responder a esas preguntas como hacen todos los buenos abogados rumanos, he preparado un análisis más extenso del puesto. En lugar de aburrir a todos con una publicación larga, la he dividido en tres publicaciones para, con suerte, hacerla más inteligible y comprensible.
 

La ley aplicable está contenida en el Nuevo Código Civil Rumano, el Reglamento CE 593/2008 (Roma I) y las directrices del Ministerio de Justicia rumano con respecto a la ley aplicable a los contratos que contienen un elemento extraterritorial.

De conformidad con el artículo 2640 del Nuevo Código Civil Rumano, la ley aplicable a los contratos que contienen elementos extraterritoriales debe determinarse de conformidad con la legislación vigente de la Unión Europea. En consecuencia, la ley aplicable en Rumanía que regulará dichas relaciones contractuales son los Reglamentos del Reglamento CE 593/2008.

El Reglamento entró en vigor en 2008 y contenía disposiciones transitorias y se volvió plenamente aplicable en toda la UE a partir de 2009. El reglamento es aplicable a todos los estados miembros de la UE excepto Dinamarca, que pudo negociar ciertas exenciones. El efecto de esto es que desde 2009, Roma I ha sido aplicable a los contratos en Rumanía. Los cambios provocados por el artículo 2640 son ahora que el Reglamento de la UE se aplicará a los contratos con un elemento extraterritorial.

El Reglamento se aplicará a todas las obligaciones contractuales tanto en materia civil como mercantil en caso de conflicto de leyes. El Reglamento no se aplica a los asuntos fiscales, aduaneros o administrativos, ni a las pruebas y procedimientos que seguirán siendo tratados en virtud de la legislación local.

Como en todos los reglamentos de la UE, existen excepciones y el Reglamento no se aplica a las obligaciones relativas al estado o capacidad jurídica de una persona física rumana, relaciones familiares, bienes matrimoniales rumanos, instrumentos negociables como letras de cambio, cheques y pagarés, arbitraje y elección rumanos de los tribunales, el derecho de sociedades y otros órganos corporativos o no constituidos, garantías. Además, se excluye cualquier acción o acuerdo que ocurra antes de la celebración de un contrato, al igual que los contratos de seguro distintos de los seguros de vida.

Los documentos a los que nos referimos sobre todo reconocen la importancia de la armonización de las normas relativas al conflicto de leyes en la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de las decisiones en materia civil y mercantil. Los abogados rumanos y las firmas internacionales en Rumania deben conocer estas disposiciones y, como he comentado anteriormente, algunos jueces de los tribunales rumanos no conocen o no quieren aplicar estas reglas. Esto crea trabajo para los abogados rumanos, pero a medida que pasa el tiempo, el riesgo de una aplicación incorrecta de la legislación comunitaria de la UE disminuirá.

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